Registro Horario Digital: normativa de fichaje para 2026

Todavía no hay detalles sobre la normativa de registro horario digital, pero su entrada en vigor para el año 2026 se da prácticamente por sentada. Te contamos todos los detalles y qué debes hacer para asegurar su cumplimiento.
Normativa para el Registro Horario digital de los trabajadores en 2026

Todo parece apuntar a que la normativa de fichaje de trabajadores de la jornada laboral será obligatoria en el próximo curso y habrá que cumplirla en algún momento de 2026. Aunque por el momento no hay nada definitivo, la ley se tramitará por vía urgente y está prácticamente confirmado que verá la luz el próximo año

Te contamos qué cambios hay previstos en esta materia, cuándo entran en vigor y cómo tienes que prepararte para cumplir con la normativa de fichaje de trabajadores para 2026.

¿Qué es el control horario?

El registro horario consiste en la obligación legal de que los trabajadores de una empresa registren la hora de inicio y finalización de la jornada laboral. De este modo, se contabilizan las horas trabajadas y las horas extraordinarias, lo que luego se podrá reflejar en las nóminas de los empleados.

La ley de Registro Horario está en vigor en España como consecuencia del Real Decreto Ley 8/2019, si bien esta normativa no contemplaba que el registro de las horas trabajadas tuviera que hacerse por medios digitales, mediante sistemas que permitan evitar la manipulación y faciliten la consulta por parte de la inspección laboral y las partes interesadas. Este es uno de los grandes cambios que se pretenden modificar con la próxima normativa de fichaje para 2026.

¿Cómo cumplir con la próxima Ley de Registro Horario y control de jornada?

El primer trimestre de 2025 trajo el fracaso del Proyecto de Ley para la reducción máxima de la jornada laboral, derecho a la desconexión digital y el registro digital obligatorio de la jornada. Tras la votación, que no se llevó a cabo por la abstención del grupo parlamentario catalán de Junts, la cartera de Trabajo y Economía Social dirigida por la ministra Yolanda Díaz, separa el registro horario de las otras dos reformas. De esta forma, el registro digital de la jornada se tramitará por la vía urgente y se prevé que en 2026 ya esté en vigor.

¿Cuándo entra en vigor la reducción de jornada y el registro horario digital?

El pasado febrero de 2025 se validó por el Consejo de Ministros el anteproyecto de ley de la norma que modifica el artículo 34.9 del Estatuto de los Trabajadores. Tras los informes preceptivos, se tramitó al parlamento como proyecto de ley para su aprobación definitiva, pero finalmente no salió adelante. El motivo principal fue el rechazo de la normativa a la reducción de la jornada laboral que podría afectar negativamente a miles de empresas y autónomos.

Debido a este fracaso, el Gobierno impulsa por otra vía alternativa y urgente, la aprobación de ciertos cambios en el control horario digital que las empresas ejercen sobre sus trabajadores.

¿Cuáles son estos cambios exactamente en esta nueva reforma del estatuto de los trabajadores para las empresas? Te lo contamos en detalle en el siguiente apartado:

Cambios en la normativa de Control Horario para 2026

En 2019, el Real-Decreto Ley 8/2019 establece la obligatoriedad para todas las empresas a llevar un registro de anotación de la jornada de trabajo de los empleados. Hay varias modificaciones que afectan a la forma en la que las empresas registran los horarios de los empleados:

  • Sólo serán válidos como métodos para registrar el inicio o fin de la jornada de trabajo aquellos que empleen cualquier soporte informático. Ya no es posible utilizar métodos analógicos como el papel: el control horario digital es obligatorio y la única modalidad contemplada en la ley.
  • No se permiten sistemas biométricos de fichaje como la huella dactilar o el reconocimiento facial debido al riesgo y reto que supone a la ciberseguridad. Sólo aplicables en casos excepcionales donde no exista otra alternativa.
  • Los dispositivos digitales o software empleado han de ser interoperables, con control remoto y accesibles en tiempo real por parte de Inspección de Trabajo. Se prevé que en los próximos días, antes de la tramitación definitiva de la norma, se especifique a los proveedores de software como myGESTIÓN que deben hacer para garantizar el cumplimiento de la misma.
  • En estos nuevos registros el total de horas no puede exceder las 40 horas semanales. Excepto cuando estas sean consideradas como horas extra, con un límite de hasta 80 horas mensuales.
  • Las multas por incumplir la normativa de Control Horario también se modificarán en esta ley. Las sanciones que se detallan a continuación serán aplicables para cualquier infracción que afecte a la jornada laboral, horas extra, vacaciones o descansos:
    • Infracciones de grado mínimo: oscilan de los 1.000 a 2.000 euros.
    • Grado medio: de 2.001 a 5.000 euros
    • Grado máximo: de 5.001 a 10.000 euros

¿A qué empresas se aplica la Ley de Control Horario?

Todas las empresas están obligadas a llevar este sistema de registro laboral digitalizado. Según el Estatuto de los Trabajadores, en el artículo 34.9 «la empresa garantizará el registro diario de jornada […] mediante negociación colectiva o, en su defecto, decisión del empresario previa consulta con los representantes legales de los trabajadores […]».

Hay algunas excepciones en la normativa que se aplican a algunas relaciones laborales de carácter especial, tal y como recoge el Estatuto de los Trabajadores en su artículo 2:

  • Personal de alta dirección
  • Empleados domésticos
  • Penados en instituciones penitenciarias
  • Deportistas profesionales
  • Artistas de artes escénicas, audiovisuales o musicales así como los trabajadores que realizan actividades técnicas o auxiliares relacionadas
  • Personas que intervengan en operaciones mercantiles por cuenta de no o más empresarios sin asumir riesgo de ellas
  • Trabajadores con discapacidad en centros especiales de empleo
  • Menores de edad sometidos a medidas de internamiento
  • Para los trabajadores de la salud en régimen de residente
  • Abogados que prestan servicios en despachos profesionales, individuales o colectivos
  • Otros empleos que sean declarados como relación laboral de carácter especial por una ley
  • Otras medidas relacionadas con el registro de horas

¿Qué ventajas tiene registrar la jornada a través del móvil?

Más allá de que cambie la actual regulación del registro de jornada, existen muchas ventajas por las que en tu negocio se podría empezar a registrar la jornada laboral a través de una aplicación móvil:

1. Facilitas la adaptación al teletrabajo

¿Hay personas que teletrabajan en tu empresa? ¿O que hacen una parte de la jornada desde casa? Tener dos sistemas para registrar la jornada de trabajo, dependiendo de dónde se encuentren los empleados, es muy complejo de gestionar, y puede dar lugar a muchas confusiones y errores.

En las empresas que han implementado el teletrabajo, no es nada recomendable seguir funcionando con herramientas obsoletas para el control de fichajes. Fichar a través de myGESTIÓN te ayudaría a controlar de forma objetiva el tiempo trabajado por los trabajadores de tu empresa.

2. Evitas fraudes y manipulaciones

Los fraudes en la jornada laboral se pueden producir desde distintas partes. Un empleado o supervisor que se ha enfadado con otro, alguien que llega tarde pero no quiere que quede constancia, personas que van a la oficina, firman y se marchan… O peor, gente que firma en lugar de otra.

El sinfín de situaciones problemáticas que se produce con el método tradicional para fichar en una hoja de papel o un Excel es alarmante. Y lo peor es que puede tener consecuencias, pues no eres consciente de la realidad que está experimentando tu negocio.

Incurrir en fraudes y manipulaciones puede suponer sanciones para la empresa; o en el caso de que haya empleados cometiendo irregularidades, esto supone que no estás controlando las horas de trabajo reales de tus empleados, y podrías incluso estar incurriendo en sobrecostes inesperados.

3. Contribuyes a digitalizar tu empresa

Lo ideal hoy día es digitalizar todo, de manera que no tengas que estar acumulando documentos en papel, difíciles de almacenar, gestionar y consultar. Con una app móvil, puedes fácilmente tener todos los datos del registro de jornada actualizados, no tendrías que imprimir ningún documento en papel y puedes revisar datos específicos sobre cada empleado.

De cara a adaptarte al cambio en la norma, contar con un software de gestión empresarial con control de fichajes digital es clave para que puedas adaptarte rápidamente. Recuerda que digitalizar el registro de jornada no consiste ni en utilizar un Excel para medir la jornada laboral, ni en escanear los documentos de registro.

En myGESTIÓN te hacemos las cosas más fáciles. Nuestra app móvil permite que cada empleado pueda fichar la jornada laboral y registrar todos los datos en nuestro software, de manera objetiva y sin posibilidad de manipulación. Esto te permitirá adaptarte al cambio normativo cuando entre en vigor y seguir trabajando para mejorar la eficiencia en tu empresa.

Preguntas frecuentes sobre Control Horario

¿A qué tipo de trabajadores, sectores y empresas se aplica?

A toda la totalidad de trabajadores, sin tener en cuenta la categoría o grupo profesional, a todos los sectores de actividad y a todas las empresas, cualquiera que sea su tamaño u organización.

¿A quién corresponde la obligación de registro en el caso de una ETT? 

Corresponde a la empresa usuaria que es la que tiene facultades de dirección y control de la actividad laboral del trabajador.

¿Cómo se registra la jornada de trabajadores que se desplazan fuera del centro de trabajo?

No hay ninguna especificación al respecto, sólo que debe hacerse de igual forma que con el resto. Se entiende de la ley que se debe facilitar algún dispositivo digital que les permita realizar los fichajes a los empleados.

¿Puede una empresa establecer de manera unilateral el sistema de fichaje o registro?

Sí, aunque en negociación colectiva con los representantes legales de los trabajadores. Si no los hubiere, puede hacerlo en estricto cumplimiento con los requisitos y objetivos previstos.

¿Qué datos tienen que ser conservados y a través de qué medio de conservación?

Los registros diarios de la jornada y las horas realizadas a través de cualquier medio que garantice su preservación, fiabilidad e inalterabilidad. Deben ser conservados, como mínimo, durante un periodo de cuatro años.

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