El Sistema Verifactu se retrasa hasta 2027

El nuevo sistema Verifactu de envío de facturas a la Agencia Tributaria retrasa su entrada en vigor un año: el 1 de enero de 2027 para pymes y el 1 de julio de 2026 para autónomos.
Retraso y aplazamiento de Verifactu a 2027

El pasado martes 2 de diciembre de 2025 pymes y autónomos recibieron, por fin, una noticia que fue recibida con los brazos abiertos: el aplazamiento o retraso de Verifactu hasta 2027. La presión de diferentes asociaciones, colectivos y organizaciones empresariales, que lo reclamaban desde hace meses, junto con la situación política, han sido los dos actores que han provocado el retraso de la entrada en vigor de Verifactu.

El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-Ley de Medidas Urgentes para la actividad inversora de las entidades locales y CC.AA. y de modificación del Reglamento de requisitos de Sistemas de Facturación de empresas y profesionales. En lo que concierne a este artículo, la segunda parte del Real Decreto-Ley es la concerniente al retraso de Verifactu durante un año para todos los obligados tributarios contribuyentes del Impuesto de Sociedades. La fecha que fijaba la anterior normativa era el 1 de enero de 2026 para pymes y el 1 de julio de 2026 para trabajadores por cuenta ajena. Con este aplazamiento, las nuevas fechas que deberías marcar en rojo para tu negocio son:

  • Pymes: 1 de enero de 2027
  • Autónomos: 1 de julio de 2027

Este cambio de fechas modifica el anterior Real Decreto 1007/2023 de 5 diciembre que establecía el Reglamento Verifactu, una norma completamente novedosa que exigía ciertos requisitos a los Sistemas Informáticos de Facturación utilizados por las empresas y autónomos españoles. Esta modificación en el calendario de implementación de Verifactu ha sido una de las peticiones más reclamadas por diferentes organizaciones empresariales y políticas: «Vamos a ampliar ese plazo para impulsar y promover dentro de esas empresas la digitalización de los procesos de facturación. Esto es algo que nos estaba pidiendo el empresariado catalán, es algo de lo que se ha hecho eco Junts«, declaraba el Presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, en una entrevista radiofónica.

¿Qué software debo elegir?

Sólo es una prórroga de un año, la intención del Ejecutivo es implementar Verifactu de manera obligatoria en 2027. Por lo tanto, si tienes previsto migrar, cambiar o contratar un nuevo software de facturación y gestión empresarial o SIF, debes tener en cuenta que el programa contemple esta nueva funcionalidad. Pero no es la única, te recordamos que en 2027 también entrará en vigor la obligatoriedad de la facturación electrónica. Además, desde julio de 2025 es requisito indispensable que el software utilizado cumpla también con la Ley Antifraude que exige otro tipo de condiciones:

  • Software antifraude: todos los proveedores de programas informáticos deben cumplir con características como la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros de facturación. En definitiva, desde la Administración quieren acabar con los programas de doble uso o que permiten llevar una contabilidad B o una contabilidad paralela a la oficial.
  • Declaración Responsable: para acreditar que el programa de facturación o gestión empresarial cumple con la normativa antifraude, los proveedores deben realizar una declaración o certificación oficial de que el programa cumple con lo exigido por la ley. Puedes consultar la Declaración Responsable de myGESTIÓN aquí.
  • Huella digital: para garantizar la trazabilidad e integridad de los registros, las facturas tienen que contar con un ‘hash’ o rastro informático que permita encadenar las facturas entre sí. Es decir, identifica a la factura anterior a la emitida para evitar su manipulación.
  • Código QR: este último requisito es específico para cuando sea obligatorio Verifactu. Todas las facturas emitidas deben llevar un código QR para que el cliente pueda comprobar si la factura se ha registrado correctamente en la Agencia Tributaria.

Preguntas frecuentes sobre VeriFactu

¿A quién afecta VeriFactu?

VeriFactu implica a todos los contribuyentes del Impuesto de Sociedades y del IRPF. Excepto aquellos obligados tributarios acogidos al SII y las empresas que utilicen TicketBAI en las tres Agencias Forales del País Vasco y la Comunidad Foral de Navarra.

¿Cuándo entra en vigor?

La implantación del sistema VeriFactu se posterga un año. Entrará en vigor el próximo 1 de enero de 2027 para pymes y el 1 de julio de 2027 para autónomos.

¿Cómo sé si el software que utilizo cumple con la normativa VeriFactu?

El desarrollador o comercializador de software debe redactar una declaración responsable donde garantice que el sistema de facturación cumple con la normativa antifraude y el Reglamento VeriFactu.

¿Hay alguna ayuda o subvención económica  para adaptarse a VeriFactu?

Sí, a través del Programa Kit Digital. En myGESTIÓN somos agentes digitalizadores y puedes utilizar la ayuda del programa para subvencionar la implantación.

¿Qué tiene que ver VeriFactu con la facturación electrónica obligatoria?

VeriFactu forma parte de la Ley Antifraude para reducir el fraude fiscal. En cambio, la facturación electrónica está impulsada por la Ley Crea y Crece para reducir la morosidad en las empresas.

¿Es necesario un certificado o firma electrónica?

El certificado o firma electrónica que emite la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre sólo es obligatorio para la expedición de facturas electrónicas o el envío de facturas a la AEAT. Si Hacienda hace un requerimiento de tu facturación, sí tendrás que contar con un certificado si te las solicitan de forma telemática.

¿Qué beneficios o ventajas aporta VeriFactu?

Para el emisor se reducen los trámites de facturación y contabilidad al remitir las facturas de forma directa. El destinatario, por su parte, puede comprobar si la factura se ha emitido acorde a la normativa vigente y acceder a su información.

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