Régimen de IVA Franquiciado: cambios y cuándo entra en vigor

El IVA franquiciado es un régimen fiscal impulsado por la UE que permitirá a determinados autónomos y pymes quedar exentos de repercutir el IVA en sus ventas.
Nuevo régimen IVA franquiciado

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Finalmente, los autónomos o pymes que facturen menos de 85.000 euros anuales no tendrán que repercutir el Impuesto sobre el Valor Añadido en sus ventas y tampoco deducirse el IVA en sus compras o gastos. Esta medida, impulsada desde la Unión Europea, se denomina IVA Franquiciado y se prevé su transposición en España a lo largo de 2026.

Te contamos todos los detalles sobre el IVA franquiciado, su entrada en vigor de manera definitiva y qué cambios implica para autónomos y pymes que estén por debajo del umbral de facturación previsto.

¿Qué el IVA Franquiciado o Régimen de IVA de franquicias?

El IVA franquiciado, también llamado Régimen de Franquicia del IVA, es un régimen especial al que pueden acogerse autónomos y pymes que no superen el límite de facturación estipulado en la normativa europea mencionado en la primera línea de este artículo. Su finalidad es reducir la carga administrativa de los negocios más pequeños y simplificar sus obligaciones fiscales.

En la práctica, este régimen supone que, si te acoges a él, no tendrás que repercutir el IVA en tus facturas de ventas ni tampoco presentar declaraciones trimestrales del impuesto. A cambo, la lógica del sistema también implica que tampoco podrías deducirte el IVA soportado de las operaciones de compra o gastos vinculados a la actividad.

La Directiva Europea que regula esta materia permite a cada Estado miembro fijar su propio límite de facturación anual, siempre dentro del máximo autorizado por la normativa (85.000 euros) y así tener en cuenta las diferencias de renta y poder adquisitivo de los países europeos.

La medida afectará a más de un millón de autónomos, unos 770.000 autónomos, aproximadamente una quinta parte del total. Los profesionales y empresarios pueden elegir si tributar bajo este sistema o no -siempre que cumplan los requisitos establecidos-. No es obligatorio acogerse al IVA Franquiciado en ningún caso y será una decisión personal del autónomo o pyme si continuar con el Régimen General de IVA.

Si el autónomo decide adherirse al Régimen de IVA Franquicias, está limitado a no exceder el 10 % del nivel de actividad económica. Esto se debe a que una vez sobrepasado este límite, la exención de la declaración del impuesto se cancelaría automáticamente. Es decir, como el límite está en 85.000 euros, como máximo podría excederse hasta los 93.500 euros de facturación anual.

¿Cuándo entra en vigor el IVA Franquiciado?

La entrada en vigor del IVA franquiciado en España continúa pendiente de concreción definitiva. La Directiva Europea que regula la norma, la Directiva 2020/285, obligaba a los Estados miembros a aprobar las medidas antes de 2025 y aplicarlas desde el 1 de enero del mismo año. España no completó esa adaptación dentro del plazo previsto y ya ha recibido varios avisos por parte de la Comisión Europea. Concretamente, en marzo de 2026 la Comisión ha llevado al Tribunal de Justicia de la Unión Europea a España por no haber adaptado correctamente su normativa a la Directiva Europea.

En las últimas semanas, han aparecido informaciones que apuntan a que el Gobierno se ha comprometido a impulsar finalmente esta exención del IVA para los autónomos y que podrá aprobarse a lo largo de 2026. Todavía no está confirmado por fuentes gubernamentales, pero hay partidos políticos que ya adelantan el acuerdo.

¿Qué autónomos podrán acogerse al IVA franquiciado?

En términos generales, podrán acogerse al IVA franquiciado aquellos autónomos y pequeñas empresas cuyo volumen anual de operaciones no supere el umbral que finalmente establezca la normativa española dentro del marco fijado por la Unión Europea. Esto significa que el requisito principal es el volumen de negocio o nivel de ingresos.

Además, si el autónomo decide adherirse al Régimen de IVA Franquicias, está limitado a no exceder el 10 % del nivel de actividad económica. Esto se debe a que una vez sobrepasado este límite, la exención de la declaración del impuesto se cancelaría automáticamente. Es decir, como el límite está en 85.000 euros, como máximo podría excederse hasta los 93.500 euros de facturación anual.

¿Y qué autónomos o micropymes son los que más se benefician si se acogen a este régimen? Aquellos que por su actividad económica tengan una estructura sencilla, pocos gastos deducibles y una operativa administrativa reducida. En cambio, si tienes un negocio con inversiones frecuentes, compras o gastos relevantes con un IVA soportado elevado, acogerte al IVA de franquicias podría no ser tan interesante ya que la exención lleva aparejada la imposibilidad de deducirse el IVA de los gastos vinculados a la actividad.

En resumen, como ventajas y desventajas de la exención del IVA en autónomos, podemos decir que conlleva una menor carga administrativa, pero también menos capacidad de deducción de gastos, necesidad de controlar para no excederse el umbral de facturación y un menor interés en actividades económicas con muchas gastos o clientes B2B.

¿Qué cambios implica el Régimen de IVA franquiciado para los autónomos?

Estos son los principales cambios que supondría la transposición de la directiva europea a España en el sector de los autónomos:

  • No hay que repercutir el IVA en las facturas de ventas
  • Simplificación de las obligaciones fiscales con la exención de las declaraciones trimestrales y anuales de IVA. Reducción o simplificación, que no eliminación total
  • Imposibilidad de la deducción del IVA soportado en los gastos, compras de material o inversiones vinculadas a la actividad económica
  • De forma voluntaria, los autónomos podrían permanecer en el Régimen General de IVA si no desean acometer el cambio
  • Control exhaustivo del volumen de facturación para no superar el umbral establecido en la normativa que se desarrolle
  • En caso de que superes el límite del umbral de facturación (sujeto a la futura normativa), deberás abandonar el régimen de IVA de franquicia
  • Implica una ventaja y una desventaja: los clientes finales se benefician al no tener que abonar el impuesto, pero algunas empresas pueden preferir trabajar con autónomos sujetos a IVA para poder deducirse ese gasto
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