El calendario fiscal de febrero de 2026 llega cargado de obligaciones clave para autónomos y pymes. Como cada año, la Agencia Tributaria publica el calendario del contribuyente con todas las fechas límite para presentar declaraciones, autoliquidaciones y modelos informativos, además febrero es uno de los meses más intensos en cuanto a trámites fiscales.
¿Por qué es importante el calendario fiscal?
El Calendario fiscal o calendario del contribuyente es la herramienta que reúne todas las fechas clave que autónomos y pymes deben seguir para declarar y presentar modelos de impuestos. Es importante el calendario fiscal porque nos permite planificar con antelación nuestras obligaciones fiscales y evitar sanciones y multas por incumplimiento o falta de puntualidad en la presentación. En la práctica sirve para:
- No olvidar fechas límite de presentación y pago.
- Evitar recargos, intereses y sanciones por presentación fuera de plazo.
- Planificar la documentación y la tesorería.
- Reducir errores y prisas.
- Aprovechar plazos y trámites puntuales.
¿Cuáles son las fechas clave de presentación de impuestos y declaraciones?
A continuación tienes todas las fechas clave de presentación de modelos, declaraciones o libros contables más habituales entre las pymes y autónomos. Al final de este apartado, tienes también otras fechas relevantes en cuanto a la presentación de impuestos no tan comunes, como operaciones con criptomonedas o impuestos medioambientales.
Hasta el 2 de febrero
- Renta: Renuncia o revocación estimación directa simplificada y estimación directa para 2026 y sucesivos con la presentación del modelo 036
- Operaciones con activos financieros
- Declaración anual de operaciones con Letras del Tesoro 2025: 192
- Declaración anual de operaciones con activos financieros 2025:198
- Renta e Impuesto Sociedades: resumen anual 2025 a través de los modelos 180, 188, 190, 193, 193-S, 194, 196, 270.
- Renta de no residentes sin establecimiento permanente
- Gravamen especial sobre inmueble de entidades no residentes 2025: 213
- Resumen anual 2025: 296
- IVA
- Renuncia o revocación del Régimen Simplificado del IVA o del Régimen de Agricultura, Ganadería y Pesca (REAGP) para 2026 y sucesivos: 036
- Plazo extraordinario para la solicitud de baja y registro de devolución mensual: 036
- Plazo extraordinario para la renuncia a la llevanza electrónica de los libros registro a través del Suministro Inmediato de Información (SII): 036
- Solicitud de aplicación del porcentaje provisional de deducción distinto del fijado como definitivo en el año precedente: sin modelo
- Impuesto sobre las primas de seguro: resumen anual 2025 a través del modelo 480
- Impuesto sobre determinados Servicios Digitales: del cuarto trimestre de 2025 a través del modelo 490
- Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables (IEPRN): presentación de la contabilidad y libro registro de existencias del cuarto trimestre de 2025.
Pincha aquí para ver otros impuestos y declaraciones menos comunes de presentación entre pymes y autónomos hasta el 2 de febrero.
DECLARACIONES INFORMATIVAS:
- Certificaciones individuales emitidas a los socios de entidades de nueva o reciente creación: 165
- Imposiciones, disposiciones de fondos y de los cobros de cualquier documento: 171
- Saldos y operaciones con monedas virtuales: 172, 173
- Préstamos y créditos y otras operaciones financieras vinculadas a bienes inmuebles: 181
- Donativos, donaciones y aportaciones obtenidas y disposiciones efectuadas: 182
- Entidades en régimen de atribución de rentas: 184
- Adquisiciones y enajenaciones por acciones y participaciones en Instituciones de Inversión Colectiva: 187
- Gastos en guarderías o centros de educación infantil autorizados: 233
- Actualización de determinados mecanismos transfronterizos comercializables: 235
- Para la comunicación de información por parte de operadores de plataformas: 238
- Trimestral de operaciones de comercio de bienes corporales en la zona especial canaria sin que las mercancías transiten por territorio canario: 281
- Cuentas de no residentes: 291
- Pagos transfronterizos: 379
- Planes, fondos de pensiones, sistemas alternativos, mutualidades de previsión social, planes de previsión asegurados, planes individuales de ahorro sistemático, planes de previsión social, empresarial y seguros de dependencia: 345

Hasta el 12 de febrero
INTRASTAT – Estadística Comercio Intracomunitario: presentación de todas las operaciones realizadas con países miembros de la Unión Europea durante el mes de enero de 2026 con obligación de presentar información estadística y no fiscal con el modelo 349.
Hasta el 20 de febrero
- Renta y sociedades: especialmente dirigido a empresas medianas y grandes: 111, 115, 117, 123, 124, 126, 128, 216, 230
- IVA
- Solicitud de devolución por sujetos pasivos en el régimen simplificado del IVA y que ejerzan la actividad de transporte de viajeros o mercancías por carretera, por la adquisición de determinados medios de transporte (por ejemplo, taxis): 308
- Subvenciones, indemnizaciones o ayudas de actividades agrícolas, ganaderas o forestales: se solicita la Declaración anual de 2025 y se presenta a través del modelo 346
- Impuesto sobre las Primas de Seguro: 430
- Impuestos especiales de fabricación
- Grandes empresas (mensual): 561, 562, 563
- Enero 2026: 548, 566, 581
- Enero 2026: 573 (Autoliquidación) y A24 (Solicitud de devolución)
- Cuarto trimestre 2025 (excepto grandes empresas): 561, 562, 563
- Declaración de operaciones por los destinatarios registrados y representantes fiscales: 510
- Impuestos medio-ambientales
- Enero 2026. Impuesto especial sobre los envases de plástico no reutilizables. Autoliquidación: 592
- Año 2025. Impuesto sobre el valor de la producción de la energía eléctrica. Cuarto pago fraccionado: 583
- Impuesto sobre las Transiciones Financieras: Enero 2026: 604
- Impuesto sobre el margen de intereses y comisiones de determinadas entidades financieras: Pago fraccionado: 781
Hasta el 28 de febrero
- Ventanilla única (OSS) para productos y servicios online: si estás dentro del Régimen de Importación, se presenta a través del modelo 369
Vencimientos en días inhábiles, sábados y festivos
Si el vencimiento coincide con una festividad local o autonómica, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente al señalado en el calendario, excepto para el modelo 369 (el plazo de presentación no varía, aunque el último día del plazo coincida con fines de semana o festivos).
Si deseas consultar otras novedades y cambios que afectan a pymes y autónomos durante este 2026, en este artículo te lo explicamos en detalle.
En conclusión, desde myGESTIÓN sabemos que tener a mano el calendario fiscal y anticipar los plazos te ayuda a evitar prisas, errores y recargos, y así poder planificar mejor la documentación y la tesorería de tu negocio. Si quieres hacerlo aún más fácil prueba nuestro software de gestión: centraliza tu facturación, clientes y gestión de impuestos en un sólo lugar, mantén tu información ordenada y gana tranquilidad sabiendo que llegas a cada vencimiento a tiempo.


